Modelo 130 vs modelo 131: cuál te toca
Diferencias entre el modelo 130 (estimación directa) y el modelo 131 (módulos): qué son, quién presenta cada uno, plazos y un ejemplo de cálculo del IRPF.
Los modelos 130 y 131 son las dos caras del mismo trámite: el pago fraccionado del IRPF, es decir, ir adelantando a Hacienda, cada trimestre, una parte del IRPF de tu actividad. ¿La diferencia? Depende del régimen en el que tributes. Te explicamos cuál te toca.
En una frase: el 130 es para quienes están en estimación directa (la mayoría) y el 131 para quienes están en módulos (estimación objetiva). Solo presentas uno de los dos.
¿Qué es un pago fraccionado?
El IRPF se ajusta en la declaración de la Renta del año siguiente. Pero Hacienda no quiere esperar tanto: por eso, cada trimestre, los autónomos adelantan un porcentaje. Esos adelantos (los modelos 130 o 131) se restan después en la Renta. No es un impuesto extra: es un pago a cuenta.
Modelo 130: estimación directa
Es el más común. Se basa en tus ingresos y gastos reales.
- Pagas, cada trimestre, el 20 % del rendimiento neto acumulado del año (ingresos − gastos), restando lo ya pagado en trimestres anteriores y las retenciones que te hayan practicado.
- Es acumulativo: en cada trimestre recalculas sobre el total del año hasta la fecha.
- Si un trimestre te sale negativo o cero, presentas igualmente (sale “a deducir en futuros trimestres” o cuota cero).
¿Cuándo NO tienes que presentar el 130?
Si eres profesional (sección 2ª del IAE) y al menos el 70 % de tus ingresos del año estuvieron sujetos a retención en factura, no estás obligado a presentar el modelo 130. En ese caso, son tus clientes quienes ya van adelantando tu IRPF a través de las retenciones.
Modelo 131: estimación objetiva (módulos)
Es para quienes tributan por módulos. Aquí no cuentan tus ingresos y gastos reales, sino unos parámetros objetivos de tu actividad (personal empleado, superficie del local, consumo eléctrico, vehículos…).
- Solo pueden acogerse determinadas actividades y por debajo de ciertos límites de facturación.
- El sistema de módulos está cada vez más restringido, con límites que se revisan año a año. Si te planteas estar en módulos, confirma que tu actividad sigue siendo elegible.
Tabla comparativa: 130 vs 131
| Modelo 130 | Modelo 131 | |
|---|---|---|
| Régimen de IRPF | Estimación directa | Estimación objetiva (módulos) |
| Cómo se calcula | Sobre ingresos − gastos reales | Sobre módulos objetivos de la actividad |
| Quién lo usa | La mayoría de autónomos | Actividades concretas dentro de los límites |
| Porcentaje habitual | 20 % del rendimiento neto | Porcentaje según módulos |
| Exención de presentar | Sí, si el 70 % de ingresos tuvo retención (profesionales) | No aplica igual |
Plazos (iguales para ambos)
| Trimestre | Periodo | Plazo |
|---|---|---|
| 1T | enero – marzo | del 1 al 20 de abril |
| 2T | abril – junio | del 1 al 20 de julio |
| 3T | julio – septiembre | del 1 al 20 de octubre |
| 4T | octubre – diciembre | del 1 al 30 de enero |
Si domicilias el pago, el plazo se acorta unos días. Y recuerda: todo esto desemboca en la declaración de la Renta (modelo 100), donde se ajusta el cómputo final.
Un ejemplo del modelo 130
Supongamos un autónomo en estimación directa. En el primer trimestre:
- Ingresos: 8.000 €
- Gastos deducibles: 3.000 €
- Rendimiento neto: 5.000 €
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rendimiento neto acumulado | 5.000 € |
| 20 % del rendimiento | 1.000 € |
| Retenciones soportadas (si las hubo) | − 0 € |
| Pagos fraccionados anteriores | − 0 € |
| A ingresar este trimestre | 1.000 € |
En el segundo trimestre repetirías el cálculo con el acumulado de enero a junio, restando los 1.000 € ya pagados. Por eso decimos que es acumulativo.
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Cómo saber, en 10 segundos, cuál te toca
- ¿Estás en módulos? → Modelo 131.
- ¿Estás en estimación directa (lo normal)? → Modelo 130…
- …salvo que seas profesional con retención en al menos el 70 % de tus ingresos → entonces no presentas 130.
Si no sabes en qué régimen estás, mira tu modelo 036 de alta o pregunta a tu asesoría.
En resumen
El 130 y el 131 son el mismo concepto (adelantar IRPF) por dos caminos distintos: ingresos reales o módulos. La mayoría de autónomos usan el 130. Combínalo con tu IVA del modelo 303 y con un buen control de gastos deducibles para no pagar de más.